Evite sanciones


¿Sabía que la publicación o difusión de datos de pacientes que acuden  consulta vulnera la Ley orgánica de protección de datos (LOPD)?


A menudo la llamada a los pacientes para consulta se realiza de viva voz (Difusión de datos) o publicando la lista de asistencia (Publicación de datos). Según la LOPD los datos de los pacientes que acuden a una consulta está considerados datos privados de nivel 1 por lo que tanto la difusión como la publicación de los mismos vulnera el artículo 10 de la LOPD y constituye falta grave que según el artículo 44 de la misma ley puede originar sanciones de entre 60.000€ y 300.000€ Para cumplir la normativa, el sistema citaSalud permite asignar un número de ticket a cada persona que acude a consulta para qde esta forma realizar una llamada anónima al paciente preservando la intimidad y evitando snciones.

 

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